Centro de Estudios Jurídicos y Mercantiles
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MEDIACIÓN POLICIAL

Noticias Mediación

INTERECONOMÍA se interesa por la Mediación Civil y Mercantil según Ley 5/2012, y entrevista a la Dirección de Centro de Estudios Jurídicos y Mercantiles. Pincha aquí para escuchar la locución completa de dicho Encuentro.

El Colegio Profesional de Graduados en Ingeniería en Telecomunicaciones COITT forma a sus colegiados en Colaboración con el Centro de Estudios Jurídicos y Mercantiles  en  Mediación Civil y Mercantil según Ley 5/2012.  Pincha aquí para ver el Programa Oficial

 

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado la aprobación "en breve" de dos reales-decretos, por los que se creará un Registro de Mediadores y se desarrollará esta alternativa de resolución de conflictos a través de medios electrónicos para facilitar su acceso a personas con discapacidad o a quienes tienen dificultades para mantener "encuentros presenciales" por razones geográficas.

En el III Simposio Tribunales y Mediación en España, impulsado por GEMME, el ministro ha explicado que el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, cuya creación fue prevista en la Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles de 2012, recogerá la especialidad, formación, experiencia y ámbito de actuación territorial de cada técnico.

El otro real-decreto desarrollará la mediación por medios electrónicos, algo que es, a juicio del ministro, un "reto" y "una enorme oportunidad" para trasladar al ciudadano la seguridad de contar con una garantía de "confidencialidad, autenticidad e integridad de sus documentos" aunque no acuda a la vía presencial.

Enlace a la noticia completa y noticia Expansion.com  Comentada en www.mediadorlegal.org

Ley de emprendedores y Mediadores concursales

 
El Boletín Oficial del Estado publicó ayer la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. El Título X se trata el acuerdo extrajudicial de pagos.
Tras establecer en el artículo 231 los presupuestos, en los preceptos siguientes se ocupa de la solicitud de acuerdo extrajudicial de pagos y del nombramiento del mediador concursal (Fuente:elconfidencial.com)
Artículo 232. Solicitud de acuerdo extrajudicial de pagos.
1. El deudor que pretenda alcanzar con sus acreedores un acuerdo extrajudicial de pagos solicitará el nombramiento de un mediador concursalSi el deudor fuere persona jurídica, será competente para decidir sobre la solicitud el órgano de administración o el liquidador
Artículo 233. Nombramiento de mediador concursal.
1. El nombramiento de mediador concursal habrá de recaer en la persona natural o jurídica a la que de forma secuencial corresponda de entre las que figuren en la lista oficial que se publicará en el portal correspondiente del «Boletín Oficial del Estado», la cual será suministrada por el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia.
El mediador concursal deberá reunir, además de esta condición de acuerdo con la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, alguna de las que se indican en el apartado 1 del artículo 27.
Dicho precepto establece como condiciones subjetivas para el nombramiento de administradores concursales lo siguiente:
1. La administración concursal estará integrada por un único miembro, que deberá reunir alguna de las siguientes condiciones:
1.º Ser abogado en ejercicio con cinco años de experiencia profesional efectiva en el ejercicio de la abogacía, que hubiera acreditado formación especializada en Derecho Concursal.
2.º Ser economista, titulado mercantil o auditor de cuentas con cinco años de experiencia profesional, con especialización demostrable en el ámbito concursal.
También podrá designarse a una persona jurídica en la que se integre, al menos, un abogado en ejercicio y un economista, titulado mercantil o auditor de cuentas, y que garantice la debida independencia y dedicación en el desarrollo de las funciones de administración concursal.
En todo lo no previsto en esta Ley en cuanto al mediador concursal, se estará a lo dispuesto en materia de nombramiento de expertos independientes.
Fijadas las condiciones para ser mediador concursal, queda pendiente la creación del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, por el Ministerio de Justicia.

“Lo ideal es que profesionales y ciudadanos acudieran a mediación antes de interponer su demanda”

 

Por Luis Aurelio González, magistrado.

 

Ayer arrancó en Madrid el Congreso de Gemme sobre Mediación y Tribunales que durante dos días analizará la situación de la mediación en nuestro país y hará un balance del primer año de aplicación de la actual Ley Estatal Civil y Mercantil.

Era obligado por ello conocer la voz de un magistrado que ha participado en procesos de mediación. Luis Aurelio González es el magistrado del juzgado numero 73 de primera instancia de Madrid. A lo largo de más de un año impulso más de un centenar de mediaciones en un proyecto piloto en colaboración con el ICAM, práctica que hizo que el CGPJ le premiara con el Premio de Buenas Prácticas en Justicia a finales del 2011. Sobre la citada Ley aclara que debería habérsele dado más competencias en materia de derivación al propio juez: “ Esta nueva Ley deja claro que los jueces solo invitan a las partes a mediación. En otros países esto es más coercitivo y se obliga a las partes a que vayan a la sesión informativa. Por este motivo los resultados de las derivaciones ahora no son muy exitosos”, comenta. A su juicio el papel de la mediación en nuestro país trasciende del ayudar a mejorar la situación de la justicia “Detrás de ella, también hay un fondo democrático muy interesante pues no olvidemos que la mediación pretende mejorar la relación entre las personas y conseguir una sociedad más pacífica y menos conflictiva”, subraya.

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Seis de cada 10 casos que llegan a la mediación penal terminan en acuerdo

La actividad del Servicio de Mediación Penal del Gobierno de Navarra va a más. En los últimos cuatro años, de 2009 a 2012, se ha triplicado el número de casos que los Juzgados navarros derivaron a este servicio donde víctima y agresor intentan solucionar con ayuda un conflicto. De las 67 denuncias tramitadas en 2009 se pasó el año pasado a 191, un 31,7% más que en 2011 cuando les derivaron 145 casos.

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Mediación mercantil: Es mejor Negociar fuera del juzgado

Remplazar el pleito y la resolución judicial por el acuerdo entre las partes es el objetivo. "La mediación es una cuestión cultural", apuntan desde la fundación Mediara, que impulsa en Andalucía de manera novedosa la aplicación intrajudicial de la mediación en el ámbito mercantil. Su fin es fomentar la solución extrajudicial en el sector económico-empresarial y sacar de los juzgados aquellos asuntos susceptibles de resolverse lejos de la Administración de Justicia, ya bastante saturada. Las consecuencias judiciales de la crisis (incidentes laborales, ERE, concursos de acreedores, nombramiento de administradores, etc) tardan mucho tiempo en sentenciarse. El sistema está colapsado, según la eterna denuncia de jueces o abogados. "Es un camino distinto" para resolver los conflictos, "más barato y más corto".

El proceder de un ciudadano que tiene un conflicto mercantil, asociado o no a la crisis, es denunciar, demandar, pleitear en el juzgado más cercano. Pero los temas económicos, laborales o concursales exigen una solución más urgente por el perjuicio y el coste, precisamente, que normalmente puede ocasionar una decisión judicial extemporánea, más aún en estos momentos de crisis. En esa idea trabaja la fundación pública 'Centro para la Mediación y el Arbitraje de Andalucía' (Mediara), que promueve e impulsa sistemas alternativos de resolución de conflictos. Adscrita a la Consejería de Justicia e Interior, tiene en marcha un proyecto piloto en Sevilla y Cádiz para mediar en conflictos mercantiles, en colaboración con el Consejo Andaluz de Cámaras de Comercio.

Desde la citada fundación explican que en la mediación, al contrario que en el arbitraje, aún se está legislando. "Era una buena idea" arrancar esta experiencia piloto en Andalucía, con sólo un precedente similar en Bilbao. Hasta la aprobación del Real Decreto-ley 5/2012 del 6 de marzo, no existía una ordenación general de la mediación en materia civil y mercantil, incorporando al Derecho español la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. En el arbitraje, el árbitro decide y obliga a las partes a una solución vinculante, mientras que la figura del mediador trata de acercar las posturas de las partes y favorece un posible acuerdo entre ambas.

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El éxito en la mediación intrajudicial en Euskadi supera el 75%

 

Más del 75% de los casos en los que se recurre a los servicios de mediación intrajudicial en el País Vasco se solucionan con éxito, según ha informado el consejero vasco de Administración Pública y Justicia, Josu Erkoreka.

El consejero ha aportado una serie de datos sobre la marcha de los servicios de mediación durante su intervención en el acto de presentación de la sección territorial del País Vasco de GEMME (Grupo de Magistrados Europeos para la Mediación).

El acto, que se ha celebrado en la Audiencia de Gipuzkoa, ha contado con la participación del presidente de la Audiencia, Iñaki Subijana, el fiscal jefe del País Vasco, Javier Galparsoro y la vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Margarita Uría.

La presentación de GEMME en Euskadi ha correspondido al propio Subijana y a la juez Izaskun Porres, quienes coordinarán el grupo en el País Vasco, mientras que la presidenta de GEMME en España, Lourdes Arastey, ha explicado la filosofía que inspira a los magistrados involucrados en impulsar la mediación que, ha aclarado, "no es la solución para el colapso en los juzgados y tribunales", ni una forma de "huida de la justicia", sino una "estrategia de solución del conflicto por parte de sus propios protagonistas".

Se había previsto la presencia del presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Juan Luis Ibarra, pero finalmente no ha podido asistir, aunque sí ha hecho llegar un escrito en el que ha manifestado su apoyo al desarrollo de las vías de mediación intrajudicial.

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El Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación presentará el balance del primer año de vigencia de la Ley de Mediación Civil y Mercantil

Los próximos 26 y 27 de septiembre, en el marco de CaixaForum Madrid y bajo el título “Balance de un año de vigencia de la Ley 5/2012” tendrá lugar el III Simposio Mediación y Tribunales organizado por el Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación en España (GEMME-España).

Al evento asistirán representantes de todas las instituciones que desde su creación en marzo del 2012 participan e impulsan los grupos de trabajo denominados ”Puntos Neutros para la Promoción de la Mediación”; además de GEMME-España, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo General de la Abogacía de España, el Consejo General del Notariado, el Consejo General de Procuradores, el Consejo Superior de Cámaras de Comercio y los Ilustres Colegios de Abogados, Procuradores y Notarios de Madrid.

Esta reunión, que constituye la tercera edición que de este simposio celebra GEMME en España -el primero fue en Valencia en 2007 y el segundo en Barcelona en 2009- ha ido precedida de la constitución en todos los Tribunales Superiores de Justicia de los grupos de trabajo denominados “Puntos Neutros de Promoción de la Mediación (PNPM)” en los que se han integrado más de 700 profesionales de toda España con el objetivo de elaborar documentos sobre protocolos y buenas prácticas, así como de analizar los resultados de diversas experiencias piloto de mediación. Son las conclusiones de sus trabajos, las que se presentarán durante el Simposio.

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